Existen diversos solares en el término municipal se encuentran en un estado de abandono, con acumulación de hierbas y residuos, e incumplimiento de las normas higiénico sanitarias y estéticas, y riesgo de incendio, de lo que procede requerir a los propietarios la limpieza de los solares.
Que, en consecuencia, se requiere, con carácter general, a los propietarios de solares, para que procedan a su limpieza.
Se advierte a los/as propietarios/as de solares que, en el supuesto de hacer caso omiso al requerimiento, se procederá a incoar un expediente sancionador, por una infracción urbanística leve, del artículo 214.3 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, con una posible multa de 300 a 6.000 €.
Así también, en el supuesto de hacer caso omiso a la orden de ejecución limpieza de solares, el Ayuntamiento podrá imponer multas coercitivas, hasta 12 sucesivas por periodos de 1 mes y en cuantía de 600 a 6.000 €, conforme al artículo 198 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Finalizado el plazo de la última multa, el Ayuntamiento procederá a la limpieza subsidiaria, con cargo al propietario incumplidor, con un recargo del 120% sobre el gasto ocasionado, conforme a la vigente Ordenanza Municipal.
Lo que se publica para su general conocimiento.